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Consentimiento e información sobre diagnóstico asistido por IA

Versión 1 · vigente desde el 6 de octubre de 2026

1. Objeto

TechnoUltra puede utilizar herramientas de inteligencia artificial generativa como apoyo para organizar información, identificar posibles causas, sugerir verificaciones y generar un diagnóstico preliminar.

2. Alcance

La IA no sustituye al técnico. Su resultado es orientativo y debe ser revisado antes de tomar decisiones de reparación, sustitución de componentes, precios o entrega.

3. Aviso obligatorio

“Diagnóstico preliminar generado con asistencia de IA. La recomendación está sujeta a verificación técnica presencial.”

4. Información tratada

Según el caso, pueden utilizarse datos técnicos del equipo, síntomas, especificaciones, resultados de pruebas y evidencias necesarias. TechnoUltra debe aplicar minimización y evitar enviar a la herramienta información personal que no sea necesaria.

5. Proveedores tecnológicos

El procesamiento puede involucrar proveedores tecnológicos ubicados dentro o fuera de Colombia. La configuración definitiva deberá documentar qué datos se envían, con qué finalidad, durante cuánto tiempo y bajo qué condiciones.

6. Decisiones automatizadas

La recomendación de IA no constituye una decisión automática definitiva sobre reparación, garantía, precio, rechazo de servicio o responsabilidad. Las decisiones relevantes serán adoptadas o validadas por personal autorizado.

7. Aceptación

Cuando el uso de IA requiera una aceptación específica, la plataforma deberá presentar este documento antes de iniciar el procesamiento y conservar evidencia de la versión aceptada.

Casilla recomendada

☐ He sido informado de que el diagnóstico puede recibir asistencia de inteligencia artificial y entiendo que su resultado es preliminar y está sujeto a verificación técnica.

Base normativa y referencias para revisión

  • Constitución Política de Colombia, artículo 15 (intimidad, buen nombre y hábeas data) y artículo 20 (información).
  • Ley 1581 de 2012, régimen general de protección de datos personales.
  • Decreto 1074 de 2015, reglamentación compilada del sector Comercio, Industria y Turismo en materia de protección de datos y consumidor.
  • Ley 527 de 1999, mensajes de datos, comercio electrónico y firma electrónica/digital.
  • Decreto 2364 de 2012, reglamentación de la firma electrónica.
  • Ley 1480 de 2011, Estatuto del Consumidor, incluyendo comercio electrónico, garantías, retracto y deberes de información.
  • Ley 2439 de 2024 y criterios posteriores de la SIC aplicables al comercio electrónico.
  • Ley 2300 de 2023, cuando resulte aplicable a comunicaciones comerciales y canales de contacto.
  • Cualquier regulación posterior vigente al momento de publicación deberá ser verificada por el abogado revisor.